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Sabemos que son tiempos difíciles para emprender la aventura del trabajo por cuenta propia, pero, a pesar de ello, es una excelente forma para comenzar una nueva andadura en el mundo de los negocios y poder crear tu propia empresa. Si te estás planteando darme de alta como autónomo, quizás te interese conocer la nueva cuota de nuevos autónomos.
Esta tarifa plana para autónomos ha tenido una grandísima acogida desde que entró en vigor allá por el año 2013. Supone un incentivo, un pequeño empujón, para esas personas que quieren introducirse en el mundo del autoempleo.
Con la ley de autónomos, se amplió la tarifa reducida de 50 euros durante los primeros 12 meses. Sin embargo, en el año 2019 tuvo una pequeña subida de 10 euros, siendo la actual tarifa de 60 euros durante el primer año.
En Entrepreneurs fight club sabemos que existen muchas personas que quieren darse de alta como autónomo y desconocen esta nueva cuota. Así que, en las siguientes líneas te vamos a contar todo: qué es, cuando empiezas a ejercer como autónomo, los requisitos, la cuantía o donde poder solicitarla.
¡Vamos al lío!
Trabajador autónomo ¿cuándo empiezo a serlo?
Antes de empezar a hablarte de la tarifa plana, es necesario hacer una aclaración muy importante del concepto autónomo o RETA.
El RETA es un régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de estos trabajadores autónomos en el territorio español.
La definición autónoma es: el trabajador autónomo es aquel que realiza una actividad económica de forma habitual, personal y directa, y el desarrollo de la actividad no está sujeto a un contrato de trabajo por otra empresa.
Por lo tanto, no debes confundir esa figura con otras como la del falso autónomo que entraremos a desarrollar en otro apartado.
La figura del falso autónomo
Cuidado con esta figura a la hora de solicitar la cuota de nuevos autónomos, ya que te puede acarrear consecuencias si no sabes lo qué es. Un falso autónomo es aquella persona que, es asalariado al que la empresa exige darse de alta como autónomo para poder trabajar, pero va a cumplir todas las características del trabajo por cuenta ajena.
Con esta figura, la empresa se ahorra el coste de la Seguridad Social y el trabajador va a dejar de tener los derechos que le corresponden como tal.
Esto es un verdadero problema para aquellas personas que desconocen esta figura, ya que creen que, al trabajar para una empresa, van a estar en nómina y se van a acoger a los derechos en cuanto a Seguridad Social.
Este caso suele darse en empresas de repartidores de comida rápida o empresas de mensajería.
¿Cuál es la tarifa plana?
La tarifa plana RETA no es otra cosa que la reducción temporal (12 meses) de la cuota de la Seguridad Social que tendrán que pagar esos nuevos autónomos cuando se den de alta.
Para que te hagas una idea general, a un autónomo sin cuota de nuevos autónomos (que ya ha agotado esos 12 meses) se le exige que pague mensualmente 290 euros. Es una cantidad que, para una persona que ha empezado a trabajar por cuenta propia desde cero y sin recursos económicos le va a ser imposible asumir.
Por lo tanto, estos nuevos autónomos en 2020 van a pasar de pagar esa cantidad tan elevada, a tan solo pagar durante los primeros 12 meses, 60 euros siendo una cifra asumible.
Requisitos para acogerse a la tarifa plana
Desde que fue aprobada esta ley en 2013, ha ido sufriendo algunas modificaciones que fueron eliminando algunos requisitos que se pedían, como por ejemplo ser menor de 30 años o no emplear a otros trabajadores por cuenta ajena.
Del mismo modo, el artículo de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo Autónomo, solo menciona un requisito indispensable para poder beneficiarse de esta cuota de autónomos:
No haber estado dado de alta como autónomo en los 2 años inmediatamente anteriores
Sin embargo, esta ley deja en manos de la Tesorería General de la Seguridad Social, conceder la tarifa o no.
Por ello, mediante una circular interna, estableció 3 requisitos básicos para la cuota de nuevos autónomos en base a las interpretaciones internas de la Tesorería, que son:
- No ser el administrador de una sociedad mercantil.
2. No colaborar con otros autónomos, en otras palabras, acogerse al programa de familiar de autónomos.
3. Si has disfrutado de un alta de autónomo y te has dado de baja, tienen que transcurrir 3 años en lugar de 2, para volver a disfrutar de la tarifa plana de la Seguridad Social.
No obstante, la ley en ningún momento menciona la incompatibilidad que puede tener la tarifa plana con el desarrollo de actividades por cuenta ajena. Por lo que, puedes trabajar con un contrato laboral sin perder el derecho a aplicar la cuota.
¿Cuánto tiempo dura esta tarifa?
La duración de la cuota de nuevos autónomos en 2020 va a depender de factores como la edad o el sexo.
Vamos a distinguir dos grandes grupos:
- Autónomos menores de 30 años (35 para mujeres): la duración de la tarifa será de 36 meses, se pagan 60 euros mensuales con una reducción del 80% en los primeros 12 meses, un 50% en los siguientes 6, un 30% en los siguientes 3 meses.
- Autónomos de más de 30 años: la duración máxima de la cuota de nuevos autónomos es de 24 meses, pagando 60 euros al mes, con una reducción del 50% durante 6 meses, del 30% durante los siguientes 3 meses y finalmente una bonificación, también del 30% durante los otros 3 meses siguientes.
Cuantía de la tarifa plana para autónomos
Pasamos a un apartado muy importante, que es el de la cuantía que aporta la tarifa plana de autónomos. Tenemos que decirte que, las cuantías van a variar según el tramo en el que te encuentres (pasados los 12 meses), la edad, la ocupación o la base de cotización.
Para que no pierdas detalle, te vamos a mostrar todas las cuantías para tener en cuenta.
Durante los primeros 12 meses
Aquí tenemos que contarte que, si optas por una base de cotización mínima, de 940 euros, la cuota mensual es de 60 euros como bien te hemos comentado.
Pero, si eliges una base de cotización superior a la mínima, que pueden ser hasta 4.000 euros al mes, la cuota se va a quedar en 213, 81 euros al mes.
Entre los meses 12 y 18
A partir del mes 13, se va a aplicar una reducción de la cuota de nuevos autónomos del 50% sobre su tarifa plana por «contingencias comunes».
Por lo que, pasarías a pagar, hasta el mes 18 unos 142,13 euros al mes de cuota.
Entre los meses 19 y 24
Ahora, se empezará a aplicar una reducción del 30% sobre la cuota mínima, por contingencias comunes.
La reducción haría que solo pagarás 80,18 euros
El alta en el RETA lo tienes que realizar en tiempo y fecha, si te pasas, da por perdida la tarifa. También debes de pagar religiosa y puntualmente la cuota, si incurres en un impago, automáticamente dejas de ser beneficiario.
Sin embargo, si solo ha sido un mes el que ha pasado sin pagar la cuota y saldes la deuda sobre la marcha, no te preocupes es posible poder remontar la tarifa.
Asimismo, no pagarás la cuota de nuevos autónomos reducida de ese mes, sino que tendrás que abonar la cuota mínima que es de 283,32 euros que se estableció en 2020, con un recargo adicional del 20%.
Tarifa plana para los mayores de 48 años
Aquellas personas mayores de 48 años, que se quieran dar de alta en el RETA, solo van a poder escoger una base de cotización que va desde los 1.108,50 euros hasta los 2.077,80 euros.
Durante los primeros 12 meses de la tarifa, pagarán 83,59 euros.
Casos especiales donde se aplica la cuota de nuevos autónomos en 2020
- Hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años: obtendrán una bonificación especial de un 30% sobre la cuota durante los 12 meses siguientes al finalizar la tarifa plana normal.
- Personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o de terrorismo: durante el primer año será una cuota fija de 60 euros si eligen la base mínima o una reducción del 80% si escogen una base superior a la mínima.
- Madres: aquellas mujeres autónomas que, por haber sido madres hayan dejado de trabajar y quieran retomar la actividad en los dos años siguientes a la fecha de cese, tienen derecho a acogerse a la cuota de nuevos autónomos pagando los 60 euros durante el primer año.
¿Cómo y dónde se solicita?
Una vez y cumplas con todos los requisitos que anteriormente te hemos comentado, puedes acceder a la cuota de autónomos emprendedores solicitando en la Seguridad Social.
Asimismo, no hace falta darse de alta exclusivamente para acogerte a este plan, solo bastará con darte de alta en el RETA y automáticamente y podrás disfrutar de él.
Lo que si debes de hacer es darte de alta como autónomo y lo puedes hacer a través de dos vías: de Hacienda y de la Seguridad Social.
A través de Hacienda
Con el Alta Censal en Hacienda, se activa el protocolo para declarar cualquier actividad profesional que vayas a facturar.
Para el trámite de la cuota de nuevos autónomos existen dos opciones:
- Modelo 036: si el inicio de la actividad se realiza como persona física.
- Modelo 037: se trata de una versión simplificada del modelo 036 si tienes NIF.
También se puede realizar a través del Modelo 840 en el cual te das de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La tasa de este impuesto sólo afectará a aquellos autónomos o empresas que facturen más de 1 millón de euros.
A través de la Seguridad Social
Después de haber realizado los trámites para acogerse a la cuota de autónomos reducida, debes realizar una serie de trámites con la Seguridad Social.
Una vez que concluyas las gestiones con Hacienda, tienes un plazo de 30 días para gestionar con la Tesorería General de la Seguridad Social, el alta y afiliación con el RETA.
Mediante el Modelo TA0521, adjuntando tu DNI, podrás darte de alta, para ello necesitas:
- Alta en el censo de profesionales.
- Alta en el IAE.
- Tarjeta de afiliación a la Seguridad Social en el caso de que hayas trabajado anteriormente por cuenta ajena.
Con todo ello y habiendo cumplido con todos los requisitos, se aceptará tu solicitud para acceder a para acceder a la cuota de nuevos autónomos.
Vivimos unos momentos de incertidumbre, tanto en temas de salud como, sobre todo, en el ámbito laboral. Muchos pensarán que estás loco si decides este año darte de alta como autónomo y emprender una aventura en solitario por cuenta ajena.
No obstante, con esta tarifa es mucho más fácil emprender. Con el pago de esta cuota reducida a 60 euros, da un margen para poder empezar tu andadura como autónomo, con dinero que tengas ahorrado o lo que vayas facturando poco a poco.
En definitiva, la cuota de nuevos autónomos ha supuesto un desahogo importante para aquellas personas que se lo pensaban dos veces antes de darse de alta como autónomo y puedan empezar a desarrollar su actividad por cuenta ajena con garantías de éxito.